EPREMASA establece la posibilidad de solicitar la reducción del 75% correspondiente a la tasa de recogida de basura

La Empresa Provincial de Residuos y Medio Ambiente, S.A. (EPREMASA) de la Diputación Provincial de Córdoba establece la posibilidad de solicitar la reducción del 75% correspondiente a la tasa de recogida de basura.

Las NOVEDADES que se han aprobado este año son:

 Plazo de presentación: 1 de julio al 30 de septiembre de 2025.

Plazo de vigencia: 3 años (2026 hasta 2028 ambos inclusive).

Supuesto de hecho bonificado: Tarifa de Viviendas

Cuantía reducción: 75% de la cuota aplicable a viviendas.

 ¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR LA REDUCCIÓN DE TASA?

Jubilados, pensionistas, perceptores de la renta mínima de inserción social, ingreso mínimo vital, familias numerosas, mujeres víctimas de violencia de género y unidades familiares donde al menos dos de sus miembros en edad de trabajar se encuentren en situación de desempleo, o se trate de unidad familiar compuesta de un solo miembro, en edad de trabajar y desempleado.

REQUISITOS:

Acreditar no ser titular de ningún otro bien inmueble patrimonial que no sea el de su vivienda habitual, excluyéndose de dicho cómputo los bienes de carácter funerario (nichos, columbarios, depósitos cinerarios, depósitos de restos, sepulturas, panteones y capillas) o la propiedad de un inmueble (no vivienda habitual) en un porcentaje que sea igual o inferior al 25%.

▪ Se trate de su vivienda habitual (propiedad, alquiler, precario).

 Los ingresos anuales brutos totales del beneficiario y su cónyuge (o pareja de hecho) correspondientes a la declaración de la renta del último ejercicio (2024) no superen 1,5 veces el indicador de Rentas Públicas con Efectos múltiples (IPREM

IPREM MENSUAL

2025

1,5 IPREM MENSUAL

2025

IPREM ANUAL 2025

(14 PAGAS)

1,5 IPREM ANUAL 2025

600€

900€

8.400€

12.600€

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Las personas interesadas presentarán solicitud, ante EPREMASA, el Ayuntamiento del municipio o cualquier otra oficina de Hacienda local donde se encuentren domiciliadas y durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre DE 2025, ambos inclusive, para que tenga efecto en los recibos que se emitirán en 2026, teniendo una duración de tres años.

DOCUMENTACION:

  • Copia del NIF del obligado al pago y del cónyuge (o pareja de hecho).
  • Certificado de empadronamiento colectivo familiar (obtención en el Ayuntamiento)
  • Copia del libro de familia (para acreditar el estado civil-soltero, casado, separado, divorciado) y copia del certificado de defunción (fallecimiento de alguno de los cónyuges o pareja de hecho).

Certificado catastral telemático de todos los bienes inmuebles urbanos o rústicos de cada titular (Las certificaciones catastrales pueden ser solicitadas en su Ayuntamiento, sedes de Hacienda Local, en las Gerencias del catastro, en los puntos de información catastral y en la sede electrónica del catastro.)

  • Copia del recibo abonado del Impuesto de Bienes Inmuebles del ejercicio 2025 (IBI).
  • Copia del recibo abonado de la tarifa de Residuos Domésticos ejercicio 2025, o en su defecto, certificado de deuda pagada emitido por el Instituto de Cooperación con la Hacienda Local.
  • Declaración del impuesto de la renta de las personas físicas del ejercicio 2024. En el caso de no existir obligación de presentarla, aportar certificado de Imputación de Rentas IRPF 2024
  • Certificado integral de prestaciones y/o pensiones con importes expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de ambos cónyuges o pareja de hecho, donde se acredite la condición de jubilado o pensionista o certificado negativo en su caso
  • Documento justificativo de acreditación de ser perceptor de la renta mínima de inserción social, o ingreso mínimo vital junto con la indicación de los ingresos brutos mensuales de cada uno.
  • En los supuestos de uno, dos o más miembros en desempleo, familias numerosas o violencia de género se han de acreditar los ingresos de igual modo.
  • 2) Documentación complementaria a aportar por los interesados según su condición: Título actualizado de familia numerosa (FAMILIAS NUMEROSAS).
  • Informe de situación administrativa como demandantes de empleo (en los términos requeridos anteriormente) en el SEPE (Servicio público de empleo estatal). La demanda renovada (cartón o tarjeta para sellado) no es válida porque no acredita la situación de desempleo.
  • Para las víctimas de violencia de género se exigirá el correspondiente certificado de los servicios sociales acreditando dicha situación (VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO).