EPREMASA establece la posibilidad de solicitar la reducción del 75% correspondiente a la tasa de recogida de basura

La Empresa Provincial de Residuos y Medio Ambiente, S.A. (EPREMASA) de la Diputación Provincial de Córdoba establece la posibilidad de solicitar la reducción del 75% correspondiente a la tasa de recogida de basura.

Las NOVEDADES que se han aprobado este año son:

– Incremento del porcentaje de la reducción en la cuota por vivienda, pasando ser del 75% en vez del 50%.

– El obligado al pago y solicitante de la reducción podrá tener en propiedad a parte de su vivienda habitual, otro bien inmueble patrimonial (no vivienda habitual) en un porcentaje que sea igual o inferior al 25%.

– El nuevo período de presentación y recepción de solicitudes: comprenderá desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2024, ambos inclusive.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR LA REDUCCIÓN DE TASA?

Jubiladas/os, pensionistas o perceptores de la renta mínima de inserción social, familias numerosas, mujeres víctimas de violencia de género y unidades familiares donde al menos dos de sus miembros en edad de trabajar, que se encuentren en situación de desempleo; la suma total de los ingresos mensuales de la unidad familiar no supere no superen 1,5 veces el indicador de Rentas públicas con Efectos múltiple; y se trate de su vivienda habitual.

Los ingresos anuales brutos totales del beneficiario y su cónyuge (o pareja de hecho) correspondientes a la declaración de la renta del último ejercicio (2023) no superen 1,5 veces el indicador de Rentas Públicas con Efectos múltiples (IPREM

IPREM MENSUAL

2024

1,5 IPREM MENSUAL

2024

IPREM ANUAL 2024

(14 PAGAS)

1,5 IPREM ANUAL 2024
600€ 900€ 8.400€ 12.600€

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Las personas interesadas presentarán solicitud, ante EPREMASA, el Ayuntamiento del municipio o cualquier otra oficina de Hacienda local donde se encuentren domiciliadas y durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, ambos inclusive, para que tenga efecto en los recibos que se emitirán en 2025, teniendo una duración de tres años.

 

  • Documentación a aportar obligatoriamente por todos los interesados: Copia del NIF del obligado al pago y del cónyuge (o pareja de hecho).
  • Certificado de empadronamiento colectivo familiar.
  • Copia del libro de familia (para acreditar el estado civil-soltero, casado, separado, divorciado) y copia del certificado de defunción (fallecimiento de alguno de los cónyuges o pareja de hecho).
  • Certificado catastral telemático de todos los bienes inmuebles urbanos o rústicos de cada titular.
  • Copia del recibo abonado del Impuesto de Bienes Inmuebles del ejercicio 2023 (IBI).
  • Copia del recibo abonado de la tarifa de Residuos Domésticos ejercicio 2023, o en su defecto, certificado de deuda pagada emitido por el Instituto de Cooperación con la Hacienda Local.
  • Declaración del impuesto de la renta de las personas físicas del ejercicio 2023. En el caso de no existir obligación de presentarla, aportar certificado de Imputación de Rentas IRPF 2023
  • Certificado integral de prestaciones y/o pensiones con importes expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de ambos cónyuges o pareja de hecho, donde se acredite la condición de jubilado o pensionista o certificado negativo en su caso
  • Documento justificativo de acreditación de ser perceptor de la renta mínima de inserción social, o ingreso mínimo vital junto con la indicación de los ingresos brutos mensuales de cada uno.
  • En los supuestos de uno, dos o más miembros en desempleo, familias numerosas o violencia de género se han de acreditar los ingresos de igual modo.

Las certificaciones catastrales pueden ser solicitadas en su Ayuntamiento, sedes de Hacienda Local, en las Gerencias del catastro, en los puntos de información catastral y en la sede electrónica del catastro.

 

 

  • Documentación complementaria a aportar por los interesados según su condición: Título actualizado de familia numerosa (FAMILIAS NUMEROSAS).
  • Informe de situación administrativa como demandantes de empleo (en los términos requeridos anteriormente) en el SEPE (Servicio público de empleo estatal). La demanda renovada (cartón o tarjeta para sellado) no es válida porque no acredita la situación de desempleo.
  • Para las víctimas de violencia de género se exigirá el correspondiente certificado de los servicios sociales acreditando dicha situación (VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO).

PARA MAS INFORMACION PULSE EL SIGUIENTE ENLACE: BASES REDUCCION TASA DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS