Por Decreto de Alcaldía 1352/2023, de 13 de diciembre (que se puede consultar en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento) ha sido aprobado, conforme a lo estipulado en el art. 18 de la Ordenanza Municipal Reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana, el modelo de autoliquidación del referido impuesto, por lo que a partir de la fecha todas aquellas personas que estén obligadas a presentar el impuesto, deberán de hacerlo conforme al citado modelo que se podrá encontrar en la sede electrónica de este Ayuntamiento (www.benameji.es) en el apartado de Documentos, haciendo saber que los plazos para la presentación e ingreso de la cuota tributaria, son:
PRESENTACIÓN E INGRESO DE LA CUOTA TRIBUTARIA
Los plazos máximos para la presentación e ingreso de la autoliquidación de plusvalía son los siguientes, a contar desde la fecha en que se produzca el devengo del impuesto:
Cuando se trate de actos “inter vivos” (entre vivos), el plazo será de treinta días hábiles (desde la fecha de formalización del acto).
Cuando se trate de actos “mortis causa” (por causa de muerte), el plazo será de seis meses (desde la fecha de acaecimiento de la causa, prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo).
Igualmente, se encuentra en la pestaña de documentos la solicitud, en su caso, de prórroga de la presentación de la autoliquidación.